El reparto de utilidades corresponde al derecho constitucional que tiene el trabajador de recibir parte de las ganancias que obtiene una empresa o patrón por la actividad productiva o los servicios que ofrece, de acuerdo con su declaración fiscal.
¿Qué es el reparto de utilidades?
El reparto de utilidades o PTU (Participación de los Trabajadores en las Utilidades de la Empresa) es un derecho para los trabajadores otorgado por la Ley Federal del Trabajo y está directamente relacionado con las ganancias que tuvo la empresa durante el año. La intención de este derecho es contribuir a la redistribución de la riqueza y promover la justicia social.
De acuerdo con el Servicio de Administración Tributaria (SAT), el reparto de utilidades debe ser realizado dentro de los primeros 60 días posteriores a la fecha de declaración anual o pago de impuestos de la empresa. Esta fecha puede variar; depende si eres una persona física o moral. La LFT menciona que la fecha en que se debe realizar el reparto de utilidades en 2024 es entre el 1 de abril y el 30 de mayo para empresas, y del 1 de mayo al 29 de junio para personas físicas.
Empleados con derecho al pago de utilidades.
Al ser un derecho constitucional del trabajador al participar en las ganancias de la empresa, todos los trabajadores deben participar en el reparto de las utilidades.
- Todos los colaboradores que desempeñen alguna función en subordinación de una persona moral o física y reciban un salario.
- Colaboradores eventuales que hayan cumplido por lo menos un periodo de 60 días durante el año.
- Colaboradores fijos que hayan cumplido por lo menos 60 días de trabajo durante el año.
- Trabajadores de planta.
- Extrabajadores de planta sin importar si renunciaron o fueron despedidos, siempre y cuando hayan trabajado más de 60 días durante el año.
- Madres y padres que se encuentren en periodo de incapacidad.
- Trabajadores de confianza, quienes pueden acceder a un reparto de utilidades de un 20% adicional al salario máximo de un trabajador sindicalizado o de base.
¿Qué trabajadores NO tienen derecho al reparto de utilidades?
- Trabajadores domésticos: quienes prestan servicios en el hogar realizando tareas de limpieza, administración del hogar, cocina y/o cuidado de niños o adultos.
- Trabajadores eventuales: aquellos que hayan trabajado menos de 60 días en la empresa.
- Directores, administradores, gerentes generales, socios o accionistas de la empresa.
- Profesionistas técnicos: quienes presten sus servicios mediante el pago de honorarios sin una relación de trabajo subordinado.
Empresas que deben otorgar utilidades:
El SAT declara que todas las unidades económicas de producción o distribución de bienes o servicios de acuerdo con la Ley Federal del Trabajo y personas físicas o morales que tengan trabajadores a su servicio se ven obligadas a realizar el reparto de utilidades.
Es importante señalar que la obligación y el derecho al reparto de utilidades no aplica para todas las empresas ni trabajadores. Las instituciones o empresas que no están obligadas a realizar el reparto de utilidades son:
- Empresas de nueva creación: por lo menos con un año de haberse constituido o que hayan elaborado algún producto.
- Instituciones de asistencia privada con fines humanitarios o sin propósitos de lucro.
- Empresas con un capital menor al que fija la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
¿Es obligatorio que las empresas paguen utilidades?
No es obligatorio para todas las empresas, como ya lo mencioné anteriormente, pero si tu organización está dentro de la lista de las que se ven obligadas a este reparto, es esencial que conozcas las sanciones que puedes tener en puerta en caso de no realizarlo:
De acuerdo con la Ley Federal del Trabajo, si no realiza el pago de manera debida, la multa por incumplimiento puede ir de 250 a 5000 veces la Unidad de Medida y Actualización (UMA).
Tomando en cuenta que el valor de la UMA en 2024 es de $108.57, la cantidad de la multa estaría entre los $27,142.50 y $542,850 pesos.
Recuerda que el reparto de utilidades es deducible siempre y cuando la participación de los trabajadores no sobrepase los 15 días de salario mínimo general.