LIC. OSCAR FELIPE SILVA ANGUIANO

Director General S-A Abogados a prevención laboral empresarial es la acción interna de las empresas tendiente a cubrir las necesidades documentales laborales que busca generar una adecuada operación laboral dentro de la compañía, cumpliendo de este modo con las obligaciones obrero-patronales.

El servicio preventivo apuesta por la institucionalización en las empresas, pues estamos conscientes que es un paso muy importante que éstas deben dar para alcanzar su consolidación, brindando al empresario las herramientas para hacer que los trabajadores se sientan parte de la empresa, disminuyendo la rotación de personal, generando mayor productividad en la misma al disminuir la curva de aprendizaje de los trabajadores de nuevo ingreso, pues los trabajadores al sentirse parte de su fuente de trabajo tienden a quedarse dentro de ella.

¿QUÉ BENEFICIOS ADQUIERE LA EMPRESA CON LA PREVENCIÓN LABORAL EMPRESARIAL?

• Prevención de conflictos obrero patronales futuros.

• Actualización y regularización de la empresa en leyes laborales.

• Prevención de sanciones ante inspecciones de Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

• Mejor manejo de incidencias internas con trabajadores.

• Adecuada relación obrero-patronal.

En México estamos viviendo una realidad en la que cada vez es más complicado ser patrón, por lo que resulta pertinente para las empresas, conocer sobre cuáles son las mejores prácticas patronales que deben realizar, que vayan de la mano con sus objetivos y metas de crecimiento financiero, es decir, atender a las prácticas que ponderen las fortalezas como empresarios.

Lo anterior resulta complejo, pues en la actualidad el cumplimiento de la totalidad de obligaciones que imponen las normas laborales es para todas las empresas en México, no excluye a ninguna, no importa el tamaño o gama, llámese Pymes o grandes empresas, siendo esto un problema real para sus titulares, pues las finanzas de la compañía resultan insuficientes para satisfacer las obligaciones que te impone la Ley Federal del Trabajo.

De este modo, si bien es cierto que la ley establece obligaciones, que se deben de cumplir en su totalidad, también es cierto que en ocasiones los factores que ponen en riesgo la estabilidad y supervivencia de la propia empresa surgen desde dentro de la misma, es decir, desde su plantilla laboral.

El primero de mayo de este año, el Gobierno Federal publicó la tan esperada Reforma laboral, con la cual México cumple con los compromisos internacionales asumidos con la firma del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (TMEC), que demandaba mejorar las condiciones laborales de los trabajadores.

Dicha reforma rompió paradigmas desde el punto de vista sindical, pues ahora los sindicatos entrarán a una democratización interna, lo que equivale a que los sindicatos tendrán que evolucionar y las empresas junto con ellos.

En ese tenor, una de las modificaciones que tienen mayor trascendencia en la vida interna de las empresas, en el día a día, es que ahora, expresamente en el último párrafo del artículo 47 de la Ley Federal del Trabajo, se señala que el patrón tiene que acreditar el despido justificado.

Es decir, que los patrones no quedarán exentos de dar el aviso de rescisión al trabajador sea por sí mismo o por medio de la autoridad competente, excepto cuando se compruebe la causal del despido justificado, situación compleja para las empresas, pues ¿qué pasará cuando el patrón no tengan los documentos adecuados que acrediten que la separación laboral fue justificada de acuerdo a lo que señala la Ley Federal del Trabajo?

Lo que pasará es que se entenderá que el despido no es justificado y se tendrá que pagar la indemnización constitucional (90 días de salario), lo que equivale a que las empresas se vean afectadas en sus finanzas, sin tener la mínima posibilidad de poder revertir esa situación ante las autoridades, pues el patrón es el que debe acreditar la justificación del despido por medio de las documentales pertinentes. Entonces, ¿qué debo hacer yo como patrón para proteger mi empresa y prevenir el pago de la indemnización constitucional por medio de despidos justificados?

La mejor forma de hacer frente a esta nueva era de la vida laboral en México es previniendo los conflictos obrero-patronales, ya que “prevenir los conflictos es lo de hoy”.

Es por ello que si el patrón no aplica una estrategia preventiva en materia laboral dentro de su empresa, será una circunstancia negativa que pone en riesgo su estabilidad y supervivencia, pues la demanda de un trabajador puede ser la causa de un desequilibrio financiero grave.

El despido puede justificarse siempre y cuando se cuente con los documentos laborales internos de la empresa, siendo esto su mejor defensa para un juicio laboral, pues para la ley es responsabilidad del patrón tenerlos. ¿Qué pasa si no tengo los documentos de prevención laboral?

Básicamente estaríamos completamente en desventaja ante el trabajador y a expensas de lo que el trabajador nos requiera, estando en un grado de desigualdad, lo que equivale a gastos excesivos que nos podemos ahorrar.

Hay que reconocer la nueva era del derecho laboral que no solamente se resume a nóminas, contratos laborales, despidos y juicios, es mucho más que eso, pues hoy en día las obligaciones de los patrones han evolucionado, por tanto, es urgente que los empresarios sean conscientes de las áreas de oportunidad en temas de cumplimiento normativo laboral, pues sólo así pueden proteger a su empresa, traduciéndose eso en ahorro.