Un instrumento jurídico que busca homologar los criterios y procesos para resolver las controversias entre particulares en materia civil y familiar.

 

En México, se llevan a cabo más de un millón y medio de procedimientos judiciales, y de ellos, más de 950 mil casos corresponden a procedimientos civiles y familiares. Con el objetivo de agilizar estos procesos y establecer procedimientos homologados en todo el país, el Senado de la República aprobó por unanimidad el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares. Si bien esto representa una buena noticia para la justicia en México, también plantea grandes retos para el poder judicial.

El nuevo código consta de mil 191 artículos divididos en 10 libros, y se establece un régimen transitorio compuesto por 20 artículos, en el cual se contempla un período de cuatro años, conocido como vacatio legis, para que el poder judicial se prepare y aplique adecuadamente el código. Esto significa que hasta el año 2027, el poder judicial tiene la responsabilidad de prepararse para implementar los cambios necesarios.

El principal objetivo de este nuevo Código es priorizar la oralidad en los procesos judiciales y garantizar un acceso efectivo a la justicia pronta, completa, imparcial y expedita. Se busca que los operadores jurídicos puedan ejercer sus funciones, habilidades y destrezas de manera adecuada. Además, se promueve el uso de las tecnologías de la información y comunicación (TICs) en los procesos judiciales, con el fin de unificar criterios y bases normativas, y lograr una solución justa y equitativa para resolver conflictos. Se enfatiza también la protección de los derechos de las personas en situación de vulnerabilidad.

Un aspecto fundamental para el éxito de la implementación del nuevo Código es la difusión adecuada de sus disposiciones. Es necesario llevar a cabo un ejercicio de difusión efectivo, donde los Parlamentos Abiertos juegan un papel crucial.

Este nuevo código de justicia deja fuera de circulación al anterior Código Federal de Procedimientos Civiles, así como a las legislaciones procesales civiles y familiares de todos los Estados del País, pues de conformidad con el Artículo Tercero Transitorio del Decreto en cuestión, quedarán abrogadas dichas legislaciones.   

¿Cuándo entrará en vigor el nuevo Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares?

El Decreto entró en vigor el pasado 8 de junio de 2023, sin embargo, la aplicación del Código nacional de Procedimientos Civiles y Familiares entrará en vigor gradualmente y de la siguiente manera:

En el Orden Federal: Al momento en que se emitan las declaratorias por parte de la Cámara de Diputados y la Cámara de Senadores y sin que pase del primero de abril de 2027.

En las entidades Federativas: Entrará en vigor al momento de la declaratoria que emita el Congreso Local de cada Estado de la República, y del mismo modo, sin que pase del primero de abril de 2027.

La declaratoria correspondiente será la que estipule expresamente la fecha en la que entrará en vigor y dicha declaratoria se publicará en el Diario Oficial de la Federación y en los Periódicos o Gacetas Oficiales de cada estado. Entre la declaratoria respectiva y la entrada en vigor, deberán mediar máximo 120 días naturales.

En cualquier caso, si vencido el plazo no se ha emitido la Declaratoria correspondiente, el Código Nacional de Procedimientos Civiles y Familiares entrará en vigor de manera automática en todo el país el primero de abril del año 2027.